Dione Anguiano no usó programas sociales con fines electorales, afirmó el TEDF

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  • TEDF declaró infundadas las impugnaciones presentadas contra Consulta de Presupuesto Participativo

En sesión pública, los magistrados del Tribunal Electoral del Distrito Federal declararon infundadas las impugnaciones presentadas por diversos ciudadanos en contra de la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo 2016, en diferentes colonias de la Ciudad de México, por lo que confirmaron los resultados de la misma.

Respecto al juicio promovido por el PRI en contra de la Jefa Delegacional en Iztapalapa, Dione Anguiano Flores, y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), por la presunta utilización de programas sociales con fines electorales, mediante la distribución de una tarjeta plástica denominada “La Poderosa”, los magistrados consideraron que no son responsables de dicho acto, ya que ésta corresponde a una propuesta sobre futuros beneficios relativos a la aplicación de diversos programas sociales, los cuales se podrían disfrutar a partir del primero de octubre de 2015, fecha en la que tomaron posesión los delegados electos.

Tribunal Electoral del DF. (Archivo)

Tribunal Electoral del DF. (Archivo)

Por otra parte, el juicio promovido por el PRI en contra de la resolución del Consejo General del IEDF, a través de la cual se determinó imponerle una multa equivalente a 6 mil 995 pesos, al haber considerado que dicho partido político faltó a su deber de garante de la conducta de sus candidatos, como la atribuible a su entonces abanderado para ocupar el cargo de Diputado de la ALDF, Fernando Zárate Salgado, quien agredió físicamente a un funcionario de la Delegación Álvaro Obregón, los magistrados revocaron la resolución impugnada, toda vez que los hechos no ocurrieron dentro de un contexto en materia electoral o, mejor dicho, no acontecieron durante el desarrollo en algún acto de campaña electoral del candidato denunciado.

Al referirse a la denuncia presentada por Fausto Gustavo González Granados, en contra de la resolución emitida por la Dirección Distrital décimo sexta del IEDF, mediante la cual desechó sus recursos de revisión, el Pleno del TEDF invalidó la resolución emitida para que en caso de no advertir alguna otra causal de improcedencia, dicha Dirección, conozca y resuelva el fondo del asunto planteado.

Acerca del juicio promovido por Carlos Enrique Estrada Meraz, en contra de la multa que se le impuso por la utilización de recursos públicos provenientes de la Delegación Iztacalco para fines de precampaña, los magistrados anularon la determinación impugnada, a efecto de que la autoridad responsable emita una nueva.

 

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