Durante la primera mesa de discusión del foro Implicaciones electorales de la reducción de la edad para votar, expertos en la materia se pronunciaron a favor de que la Constitución de la Ciudad de México contemple el ejercicio de los derechos político-electorales a partir de los 16 años.
Entre las complicaciones para materializar este derecho, citó el consejero González Martínez, se encuentran el padrón electoral y la lista nominal, los cuales son instrumentos manejados a nivel nacional. Por lo tanto, se dijo a favor de estudiar si se construye un listado nominal local o se suscribe un convenio con el Instituto Nacional Electoral.
María del Carmen Alanís Figueroa, magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, manifestó su apoyo a la reducción de la edad para ejercer derechos político-electorales a 16 años.
Consideró que la reducción de la edad ensancharía el ejercicio de los derechos ciudadanos y representaría una ampliación de la base para, entre otros aspectos, participar en las decisiones públicas. Refirió que la discusión sobre el Constituyente también deberá buscar la inclusión de sectores que tradicionalmente han sido excluidos, como grupos indígenas o la población LGBTTTI.
La magistrada Alanís confió en que la Constitución de la Ciudad de México será progresista y que ante la posibilidad de que se interpusiera una acción de inconstitucionalidad para cuestionar la reducción de la edad, expresó que vería difícil pensar que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunciaran por declarar inconstitucional esta norma.
Leonardo Mier Bueno, Oficial Nacional de Protección de UNICEF, manifestó que el voto tiene que verse como un proceso de formación cívica y de participación, que muestre las diferentes formas de pensar, así como las necesidades de cada uno de las y los votantes, de esta manera se puede lograr que todas las personas conozcan sus derechos como el de la salud, educación, justicia o de participación.
Dijo que los esfuerzos para lograr el derecho al voto de las y los jóvenes de 16 y 17 años, tendrá que ir acompañado por una serie de derechos humanos universales que no deben confundirse con una ampliación de obligaciones que se podrían fijar sólo por llegar a esa edad y esos son las responsabilidades penales o civiles, “porque no estamos buscando incluirlos en el mundo de los adultos, sino en el universo de beneficiarios de derechos”.(Boletín)